Desde el 12 de marzo está disponible la presentación de recursos administrativos ( recurso de reposición, alzada y extraordinario de revisión) a través del procedimiento electrónico de la sede de administraciones públicas Mercurio, por lo que deberán presentarse los mismos por esta vía a través del acceso de profesionales (Abogados), como se establece en el Convenio firmado con la Abogacía (Resolución 16/04/2020 – BOE 28/04/2020)
Por ello, no se admitirá la presentación de recursos a través del registro electrónico común (red sara) en cumplimiento del Convenio desde el lunes día 18 de marzo .
En los recursos presentados por Mercurio, no será necesario aportar el poder notarial o apud acta dado que la habilitación para la presentación electrónica según el Convenio indicado, determina la presunción de validez de la representación, sin perjuicio de que la Administración pueda requerir en cualquier momento a los colegiados habilitados la acreditación de la representación que ostenten.