El Ministerio de Asuntos Exteriores, de Unión Europea y de Cooperación ha publicado un cuadro resumen de la normativa por la cual se exime la legalización de documentos públicos extranjeros.

 

REGLAMENTO COMUNITARIO 2016/1191 APLICABLE DESDE EL 16-02-2019
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia.

Documentos de Registro Civil (nacimiento, matrimonio, defunción, estado civil, capacidad matrimonial, divorcio, separación y anulación).

Documentos de uniones de hecho (capacidad, condición, cancelación, separación y anulación).

Documentos de filiación incluida la adopción.

Documentos relativos a domicilio, residencia, nacionalidad y CAP (certificado de antecedentes penales).

 Tanto los emitidos en los países miembros como los emitidos en sus Embajadas y Consulados en España.

 

Otros:

Convenio de Atenas nº 17 de la C.I.E.C. www.ciec1.org

BOE nº 112,

de 11-05-81

http://www.boe.es

Convenio de Viena nº 16 de la C.I.E.C. www.ciec1.org BOE nº 200,

de 22-08-83

http://www.boe.es

Convenio de Londres

nº 63 del C.E. www.conventions.coe.int BOE 206,

de 28-08-82

http://www.boe.es

Canje de Notas con la URSS BOE nº 93,

de 18-04-85

http://www.boe.es

Austria España Francia Grecia Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Portugal, Turquía Alemania Austria Bélgica

Bosnia-Herzegovina Bulgaria

Cabo Verde Croacia Eslovenia España Estonia Francia Italia Lituania Luxemburgo Macedonia Moldavia Montenegro Países Bajos Polonia Portugal Rumania Serbia

Suiza Turquía

Alemania Austria Bélgica Chipre España Estonia Francia Grecia Irlanda Islandia Italia Liechtenstein Luxemburgo Moldavia Noruega Países Bajos Polonia Portugal Reino Unido

República Checa Rumania

Rusia Suecia Suiza Turquía

Rusia
Documentos que se refieran al estado civil, a la capacidad o a la situación familiar de las personas físicas, a su nacionalidad, domicilio o residencia, cualquiera que sea el uso al que estén destinados.

Cualquier otro documento que haya sido extendido para la celebración del matrimonio o para la formalización de un acto de

estado civil.

Certificaciones Plurilingües de actas de nacimiento, matrimonio o defunción Documentos expedidos por los Agentes diplomáticos o consulares. También las declaraciones oficiales, tales como menciones de registro, visados de fecha cierta y certificaciones de firma en cualquier otro documento. Certificaciones de Registro Civil.

 

Normas que eximen la legalización de documentos