Se ha publicado una Instrucción conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería por la que se determina el criterio a seguir en los procedimientos de extranjería tramitados a favor de nacionales de Bielorrusia.
Con motivo de la promulgación del decreto emitido, el 4 de septiembre de 2023, por las autoridades bielorrusas, se prohíbe a las embajadas y consulados de aquel país en el extranjero emitir pasaportes. Con esta medida, se pretende que los ciudadanos bielorrusos en el extranjero, unos seis mil en el caso español, regresen a Bielorrusia para tramitar la obtención o renovación de pasaportes, donde algunos de ellos corren el riesgo cierto de ser detenidos por motivos políticos.
Debido a la circunstancia anteriormente descrita, en la Instrucción se acuerda lo siguiente:
«Para la tramitación, en territorio nacional, por parte de los nacionales de Bielorrusia que se encuentren en España en el día de la fecha, de cualquiera de las autorizaciones y permisos previstos en la normativa de extranjería, así como para la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero, se admitirá la presentación del pasaporte caducado».