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El TJUE estima que el estatuto de larga duración no puede denegarse por la mera existencia de antecedentes penales

la mera existencia de antecedentes penales no es motivo para la denegación del estatuto de residente de larga duración. Se habrá de tener en cuenta la situación en concreto aplicable al caso, en particular el tipo de delito cometido, la duración de la residencia en el país en cuestión y los vínculos que presente con el mismo.

Sentencia TJUE, Asunto C‑302/18, recursos económicos para la obtención del estatuto de residente de larga duración

«Procedimiento prejudicial — Política de inmigración — Estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración — Directiva 2003/109/CE — Requisitos para la obtención del estatuto de residente de larga duración — Artículo 5, apartado 1, letra a) — Recursos fijos y regulares suficientes» Recientemente el TJUE (Sala Tercera) ha dictado sentencia, de 3 de octubre de 2019, en relación [...]

Por |2019-10-07T17:59:40+02:007 octubre,2019|Categorías: Sentencias|Etiquetas: |Sin comentarios
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