El pasado mes de diciembre el Consejo alcanzó un acuerdo sobre una ley de la UE para agilizar y simplificar los procedimientos de retorno de las personas en situación irregular en los Estados miembros. El reglamento creará procedimientos a nivel de la UE para su retorno, impone obligaciones a quienes no tienen derecho a permanecer y establece herramientas para la cooperación entre los Estados miembros. También permite a los Estados miembros establecer centros de retorno en terceros países.

Tres de cada cuatro migrantes irregulares a los que se les ha emitido una decisión de retorno en la UE continúan quedándose aquí en lugar de regresar a su país, según fuentes oficiales.

El acuerdo entre los Estados miembros llega sólo seis meses después de que el Consejo Europeo, el 26 de junio, pidiera intensificar los esfuerzos para facilitar, aumentar y acelerar los retornos.

Obligaciones para quienes se encuentran en situación irregular

El reglamento de retorno impondrá obligaciones estrictas a los retornados, como cumplir con la obligación de abandonar el territorio del Estado miembro en cuestión y cooperar con las autoridades. Otras obligaciones incluyen permanecer a disposición de las autoridades, proporcionarles un documento de identidad o de viaje, facilitar sus datos biométricos y no oponerse fraudulentamente al procedimiento de retorno.

También habrá consecuencias cuando las personas a las que se les haya ordenado el retorno no cooperen. Los Estados miembros podrán decidir denegar o deducir determinadas prestaciones y subsidios, denegar o retirar permisos de trabajo o imponer sanciones penales que, según la posición del Consejo, también deberían incluir penas de prisión.

Habilitación de centros de retorno

El reglamento aclara que el término un «país de retorno» puede ser un país con el que exista un acuerdo o convenio en virtud del cual se acepte a una persona sin derecho a permanecer en los Estados miembros.

También establece las condiciones para la creación de estos acuerdos o convenios. Por ejemplo, solo podrán celebrarse con un tercer país donde se respeten las normas internacionales de derechos humanos y los principios del derecho internacional, incluido el principio de no devolución.

Asimismo, incluirán los procedimientos para el retorno de una persona en situación irregular, las condiciones de su estancia en el país no perteneciente a la UE y las consecuencias del incumplimiento del acuerdo o convenio. Estos centros de retorno pueden funcionar como centros para el retorno posterior hacia el país de retorno final o como destino final.

Retorno de personas que representan un riesgo para la seguridad

El reglamento establece medidas especiales para las personas que representan un riesgo para la seguridad. Por ejemplo, se les podrá imponer una prohibición de entrada que supere el plazo máximo habitual de diez años, o incluso una prohibición de entrada indefinida. Los Estados miembros también podrán imponer penas de detención, incluyendo prisión. Este periodo de detención también podrá ser más largo de lo previsto habitualmente.

Reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno

Mediante el reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno, los Estados miembros podrán reconocer y ejecutar directamente una decisión de retorno emitida por otro Estado miembro a una persona que deba abandonar el territorio de los Estados miembros sin tener que iniciar el procedimiento de emisión de una nueva decisión de retorno. Esto enviará un mensaje contundente a los nacionales de terceros países en situación irregular de que no pueden evitar el retorno huyendo a otro Estado miembro.

El reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno de otro país aún no es obligatorio. Según la posición del Consejo, la Comisión Europea evaluará el funcionamiento del reconocimiento mutuo dos años después de su entrada en vigor y, si procede, presentará una propuesta legislativa para que sea obligatorio para todos los Estados miembros.

Orden Europea de Retorno

El Reglamento de Retorno introducirá una Orden Europea de Retorno (ORE), un formulario en el que los Estados miembros deberán insertar los elementos clave de la decisión de retorno. Los Estados miembros deberán insertar la ORE en el Sistema de Información de Schengen, el sistema de intercambio de información para la seguridad y la gestión de fronteras en la UE. Esto facilitará el reconocimiento mutuo, ya que los Estados miembros dispondrán de la información necesaria para reconocer la decisión de retorno de otro Estado miembro. Si una persona a la que se le ha ordenado abandonar la UE se traslada a otro Estado miembro, este podrá ejecutar directamente la decisión de retorno emitida por el primer Estado miembro basándose en la ORE.

Los Estados miembros han decidido que la orden europea de retorno se introduzca en un plazo máximo de dos años a partir de la entrada en vigor del Reglamento de Retorno.

Próximos pasos

El acuerdo alcanzado hoy servirá de base para que el Consejo inicie negociaciones con el Parlamento Europeo para acordar un texto jurídico definitivo.

 

Fuente: Consejo Europeo