Recientemente se han actualizado las tasas de tramitación de visados a través de la Orden AUC/891/2024, de 13 de agosto, por la que se establecen las cuantías de las tasas por la tramitación de visados. 

En la normativa de la Unión Europea no se fijan las cuantías aplicables a la tramitación de los visados nacionales de larga duración (visados tipo D), cuya determinación es objeto de legislación nacional.

Los derechos a percibir, correspondientes a los gastos administrativos de tramitación de la solicitud de visado, son:

Tipo de visado Tasas ordinarias (expresadas en euros)
Visado de tránsito aeroportuario (tipo A). 90 euros
Visado de corta duración (tipo C). 90 euros
Visado expedido en frontera (tipo C). 90 euros
Visado nacional de larga duración (tipo D). 90 euros

 

Los derechos se percibirán en euros, en divisa de situación o en la moneda nacional del país en que se presente la solicitud de visado, según sea el caso. Se aplicarán las exenciones o reducciones de las tasas establecidas en los acuerdos internacionales y en la normativa correspondiente.