Introducción
Los extranjeros mayores de 18 años que pretendan desarrollar una actividad emprendedora y empresarial, de carácter innovador y que tenga especial interés económico para España, pueden solicitar una autorización de residencia para emprendedores.
Existen dos formas para acceder a esta autorización:
- Solicitando un visado, para aquellos extranjeros que estén en su país y necesiten venir a España para realizar los trámites necesarios para poner en marcha la actividad emprendedora.
- Una autorización, para los que están en España y desean poner en marcha su proyecto.
Por tanto, aquellos extranjeros que soliciten entrar en España o que siendo titulares de una autorización de estancia o residencia o visado pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor, podrán ser provistos de una autorización de residencia para actividad empresarial, que tendrá validez en todo el territorio nacional.
Requisitos Generales
Puede solicitar este tipo de autorización o visado cualquier ciudadano extranjero (no comunitario) que quiera desarrollar una actividad emprendedora y empresarial de carácter innovador en nuestro país, o que pueda tener especial interés económico para España.
Además de demostrar que se va a desarrollar en España una actividad innovadora es necesario acreditar que:
- No te encuentras irregularmente en territorio español.
- Eres mayor de 18 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
- Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado
- En caso de que el solicitante ya se encuentre en España cuando se presenta la solicitud, si es titular de una estancia o de una estancia por estudios de menos de seis meses debe presentar certificado de antecedentes penales, original, del país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
Definición de actividad emprendedora y empresarial
Se entenderá como actividad emprendedora aquella que sea de carácter innovador con especial interés económico para España y a tal efecto cuente con un informe favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial del ámbito de demarcación geográfica o por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.
En el caso de extranjeros emprendedores que se hallen legalmente en España, la solicitud se dirigirá a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos que de oficio solicitará informe sobre la actividad emprendedora y empresarial a la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones. Este informe, de carácter preceptivo, será evacuado en el plazo de diez días hábiles.
Para la valoración se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España. Asimismo, se tendrá en cuenta:
- El perfil profesional del solicitante, su formación y experiencia profesional así como su implicación en el proyecto. En caso de que existan varios socios, se evaluará la participación de cada uno de ellos, tanto de los que solicitan un visado o autorización como de los que no requieran el mismo.
- El plan de negocio con mención, al menos, a los siguientes elementos:
Descripción del proyecto: actividad empresarial a desarrollar, fecha de inicio, localización, forma jurídica prevista de la empresa, impacto económico potencial que supone la inversión, descripción del número de puestos de trabajo que se estima que puedan crearse y sus funciones y cualificación, actividades previstas de promoción y estrategia de venta.
Descripción del producto o servicio: la descripción será detallada e incluirá los aspectos innovadores.
Análisis de mercado: valoración del mercado y evolución esperada, descripción de los posibles competidores, valoración de los consumidores potenciales y análisis de oferta y demanda.
Financiación: inversión requerida, fuentes de financiación y plan financiero.
El valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión.
Documentación a presentar
La documentación que debes preparar para poder hacer esta solicitud es:
- Pasaporte
- Seguro médico público o privado con entidad que opere en España.
- Certificado de antecedentes penales.
- Acreditación de medios económicos
- En caso de visado: Informe Favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial de la embajada de España del ámbito de la demarcación geográfica donde reside.
- En caso de autorización: Plan de negocio con los requisitos indicados más arriba. El plan de negocio se requiere para la emisión del informe sobre la actividad emprendedora y empresarial por parte de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones que solicita de oficio la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Lugar de presentación
Esta autorización se presenta ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
Duración
La autorización para emprendedores tendrá una duración de 2 años.
Regulación
Arts. 68 al 70 de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización (Ley 14/2013, de 27 de septiembre)
Modelo de solicitud de autorización de residencia para emprendedores
Modelo de solicitud emprendedores